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Categoría
Ronda vigente
3ª ronda

Se crea una Prima por presentismo equivalente al 6% (seis por ciento) calculado sobre el salario base nominal cobrado por el trabajador en el mes. Dicha prima se percibirá cuando el trabajador cumpla puntual y totalmente su horario en el lugar de trabajo asignado, con la ropa apropiada, en su jornada normal, todos los días laborables del mes y aquellos en que acuerde trabajar. El trabajador no perderá el derecho a esta prima mensual por ausencias registradas exclusivamente por las siguientes razones: a) los días por fallecimiento de ascendiente o descendiente, ambos en primer grado y la licencia por paternidad dispuesta de acuerdo al régimen legal de licencias especiales de la Ley 18.345. b) una llegada tarde mensual de hasta treinta minutos, o una salida autorizada antes de hora mensual de hasta treinta minutos. c) medidas sindicales de alcance general dispuestas por el PIT-CNT. d) medidas sindicales dispuestas por FOEMYA para todo el sector por incumplimiento del presente convenio. e) donación de sangre (una vez al año). f) un día de inasistencia al mes que el trabajador no concurra, acreditando que su ausencia se debió a gestiones ante la administración pública, obtención del carnet de salud u otras circunstancias similares. g) utilización por delegados de las horas de licencia sindical a que tengan derecho. La prima por presencia tiene carácter salarial y tendrá incidencia en el aguinaldo, licencia, salario vacacional e indemnización por despido.

Asimismo no se perderá la prima por presentismo cuando se concurra a realizar el examen de manipulación de alimentos, salvo que el mismo se pierda por segunda vez.