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Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Pagos extraordinarios
Ronda vigente
7ª ronda

DÉCIMO-CUARTO: Partida fija. Los trabajadores percibirán exclusivamente por cada año de vigencia del acuerdo una partida única de $7.000 (pesos uruguayos siete mil) nominales, que será abonada la primera con los haberes del mes de abril de 2019 y la segunda con los haberes del mes de abril de 2020. En cada oportunidad de cobro de la partida se requerirá para percibir este beneficio una antigüedad mínima de un año en la empresa.