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Días remunerados por enfermedad (3 primeros días)
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Días remunerados por enfermedad (3 primeros días)
Ronda vigente
4ª ronda

Seguro por enfermedad. Tres primeros días de enfermedad Las empresas se harán cargo de los 3 primeros días no cubiertos por el seguro de enfermedad, con un máximo de dos veces al año y siempre que la certificación sea de siete días o más. Beneficio incluido en la 4ª ronda de Consejos de Salarios de marzo de 2011.