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Nocturnidad
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Nocturnidad
Ronda vigente
10ª ronda

NOCTURNIDAD: En virtud de las distintas interpretaciones que se desprenden para la aplicación del beneficio y considerando la falta de claridad en el texto original de la compensación, las partes convienen en trabajar en una comisión de interpretación, para que, en un plazo no mayor a 180 días corridos (prorrogables por acuerdo de partes) se eleve al Consejo de Salarios un informe sobre la adecuada aplicación del beneficio.