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Categoría
  • ROPA Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO
  • Ropa de trabajo
Ronda vigente
7ª ronda

Uniformes y Ropa de trabajo. Las empresas proporcionarán, sin costo,  a sus trabajadores, para su uso obligatorio,  durante la vigencia de este Convenio, lo siguiente:

a. Un equipo de invierno, antes del 30 de junio de cada año, consistente en un mameluco o un pantalón y camisa de material duradero apto para el trabajo, además de un buzo tipo polar.

b. Un equipo de verano, antes del 30 de diciembre de cada año, consistente en un pantalón y una camisa de tela liviana y manga corta o dos remeras de algodón o similar de manga corta.

c. Una campera de abrigo en el transcurso del mes de julio de 2019 para todo el período de vigencia del Convenio.

d. En los lugares donde sea necesario trabajar a la intemperie o en condiciones similares, también se entregará en su caso equipos de lluvia y botas de goma.

Además, las empresas entregarán calzados de seguridad sin uso y los equipos de protección que indique la normativa vigente, los que deberán ser repuestos en caso de deterioro o malas condiciones, así como las herramientas que éstas consideren necesarias para la ejecución de las tareas.