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Día de cumpleaños libre
Ronda de incorporación
Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Día de cumpleaños libre
Ronda vigente
9º Ronda
Las partes acuerdan otorgar como beneficio por el plazo del vigente convenio, el día libre y pago del cumpleaños del trabajador, sujeto a los siguientes términos y condiciones: Deberá cumplir el requisito de asistencia (en base a lo ya acordado en la CLÁUSULA DÉCIMO del convenio de la 7ma Ronda) en los 3 meses previos al mes del cumpleaños. El beneficio comenzará a regir desde el 1° de enero de 2022, computándose como periodo previo, para quienes cumplan en enero 2022 el transcurrido entre la fecha del presente acuerdo y fin de año. Para quienes cumplan años en febrero de 2022 se agregá un mes calendario, para llegar a 3 meses previos, y así hasta la finalización del beneficio, que se establece en el 31 de diciembre de 2023 a efectos de computar dos ciclos anuales completos. Si el día del cumpleaños cae domingo, día de descanso o feriado no laborable, se correrá para el primer día hábil siguiente.