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Aguinaldo extraordinario
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Aguinaldo extraordinario
Ronda vigente
4ª ronda

Aguinaldo complementario:

Las partes acuerdan un aguinaldo complementario al que perciban por ley durante la vigencia del presente convenio. Vencido dicho plazo caducará el beneficio. Se abonará de la siguiente forma: 2 jornales entre el 1 y el 10 de Julio del 2011. 3 jornales entre el 1 y el 10 de Julio de 2012. 3 jornales entre el 1 y el 10 de Julio de 2013