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Reglamentación del derecho de huelga
Ronda de incorporación
Categoría
  • CLÁUSULAS OBLIGACIONALES
  • Reglamentación del derecho de huelga
Ronda vigente
10ª ronda

HUELGAS ATÍPICAS. Las partes acuerdan que el descuento por huelgas atípicas será el siguiente: entre el 11 de diciembre y el 17 de diciembre de 2023 inclusive, se descontará cada trabajador que hubiera realizado medidas, el 10% del jornal; desde el 18 de diciembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, se le descontará el 20% del jornal; desde el 1º de enero de 2024 hasta el 5 de enero de 2024 se le descontará el 25% del jornal. Se acuerda que el porcentaje descontado de más por las huelgas atípicas se devolverá con el pago del mes de enero a ser abonado en febrero 2024. (Articulo 12 del convenio realizado el día 12 del mes de enero de 2024).