- BENEFICIOS RELATIVOS A LA MATERNIDAD
- Protección de la trabajadora embarazada
Se acuerda un complemento al subsidio por maternidad a favor de las trabajadoras grávidas que hubieran acreditado tal estado a la empresa y cumplido con las normas vigentes y prescripciones de los servicios técnicos de BPS.
Las beneficiarias podrán reembolsar a la empresa el monto cobrado por concepto de subsidio por maternidad que haya recibido en el BPS, en cuyo casola empresa liquidara el periodo de afectación de su salario y si corresponde le abonara la suma de complemento de subsidio equivalente a su sueldo líquido mensual como si efectivamente hubiera trabajado.
Si del resultado de las liquidaciones surge que el monto percibido en el BPS con respecto al liquidado por la empresa, fuera mayor al sueldo liquido mensual, no se reliquidará para que quede igual sino que quedara en manos del trabajador.