Herramientas de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
Ronda vigente
10ª ronda
Uso de Motosierra propia del trabajador.
Aquellos trabajadores que con el consentimiento del empleador utilicen su propia motosierra percibirán una compensación por concepto de reintegro por el uso y desgaste de la misma una suma equivalente a $447 por cada día efectivamente trabajado con la misma, suma que se incrementará a partir de la vigencia del convenio, conforme al IPC pasado, en las oportunidades de los ajustes salariales previstos en este acuerdo.
Asimismo se acuerda que en esos casos las empresas deberán proporcionar el combustible y el aceite necesario para el funcionamiento de la motosierra.