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Categoría
  • ROPA Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO
  • Ropa de trabajo
Ronda vigente
7ª ronda

ROPA DE TRABAJO: Las empresas proporcionarán, dentro de un plazo máximo de  diez días hábiles a partir de su ingreso, sin cargo y en carácter de préstamo,  ropa de trabajo a sus operarios dos veces al año. En tal sentido, entregarán un pantalón y una camisa antes del inicio del  verano, y un pantalón y una camisa de abrigo antes del inicio del invierno. Cesará la referida calificación de “préstamo” cuando el trabajador adquiera una antigüedad mayor a los 30 jornales efectivamente trabajados. Asimismo, por única vez, no más allá del 31 de julio de 2019, las empresas proporcionarán a sus trabajadores, en carácter de préstamo, una campera de abrigo. Igualmente se procederá el 1 de julio de 2020 en relación a los trabajadores que no la hayan recibido el año anterior. Cesará la referida calificación de “préstamo” cuando el trabajador adquiera una antigüedad mayor a los 30 jornales efectivamente trabajados.