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Licencia por duelo
Ronda de incorporación
Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Licencia por duelo
Ronda vigente
10ª ronda

Se aplicará el régimen previsto por la ley 18.345.

 

Las partes acuerdan extender el alcance de lo establecido en el articulo 7 de la Ley 18.345 respecto al caso de fallecimiento de nietos, e consecuencia, el trabajador tendrá derecho a una licencia de 3 días hábiles confirme a lo establecido en la normativa referida. 

En caso de fallecimiento de abuelos, dando aviso y acreditando el trabajador en debida forma de deceso tendrá derecho a dar aviso a la empresa para la cual se desempeña para contar con tres días hábiles (no pagos)en las mismas condiciones establecidas por la Ley citada precedentemente.