Categoría
Ronda vigente
5ª ronda
Las partes ratifican la vigencia de la prima por antigüedad (1% del salario correspondiente a la categoría de cada trabajador con tope de 12% para los trabajadores que hayan cumplido 12 años o más en la empresa).
Nota de sucesión de actos vinculados a la prima por antigüedad: incluida en el Convenio 2005 homologado por el Decreto 358/85 de 31 de octubre de 2005 con redacción dada por el artículo 17 del acuerdo de 4º Ronda 2011 – 28 de febrero de 2011 y el artículo 22 del acuerdo de 5º Ronda 2013 – 26 de noviembre de 2013