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Ropa de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
Ronda vigente
10ª ronda

En materia de uniformes las empresas proporcionarán a sus trabajadores por año dos camisas o dos remeras, una corbata y dos pantalones y un par de zapatos. Una vez cada dos años las prendas de abrigo que sean del caso (Campera, camperón, etc). En el caso de las embarazadas las empresas les proveerá de un uniforma adecuado a su estado de forma de permitirles el desempeño normal de sus tareas. En los casis en que concluya la relación laboral antes de los 4 meses del ingreso al trabajo y las prendas proporcionadas no fueren devueltas por el trabajador el mismo abonará la totalidad de su costo, el que será descontado en el momento de hacerse efectiva su liquidación final de haberes. A diferencia de los expuesto el calzado deberá ser abonado en oportunidad de hacerse efectiva la liquidación de haberes no admitiéndose en ningún caso su devolución. Para servicios expuestos a la intemperie las empresas dispondrán de equipos de lluvia a los efectos de la protección de los trabajadores involucrados. Las empresas se comprometen a asegurar que el calzado destinado a tales efectos sea de uso personal. En todos los servicios prestados a laboratorios, fábricas, usinas, etc las empresas brindarán un uniforme de similares características al utilizado por los operarios de la firma contratante, si el trabajador corriese los mismos riesgos en el lugar donde desarrolle sus funciones. Todos los componentes del uniforme serán de costo exclusivo de las empresas y deberán ser devueltos (A excepción del calzado) al momento del egreso.

Nota de sucesión de actos vinculados a la ropa de trabajo: incluida en el Convenio 2005 homologado por el Decreto 358/85 de 31 de octubre de 2005 con redacción dada por el artículo 20 de la 6º Ronda 2016 – 7 de febrero de 2017.

 

El trabajador al momento de culminar la relación laboral con una empresa, independientemente de la causa de la misma, está obligado a entregar su uniforme en un plazo de 10 días corridos. De no cumplir con dicha entrega, la empresa podrá descontárselo de su liquidación final de haberes, En caso de hurto del uniforme deberá presentarse por el trabajador la denuncia policial respectiva. 

Lo establecido, sin perjuicio de la vigencia de la cláusula vigésima del acuerdo de fecha 7 de febrero de 2017.