Categoría
Ronda vigente
10ª ronda
Las partes reafirman el respeto por el principio de igualdad de oportunidades, trato y equidad en el trabajo, sin distinción o exclusión por motivos de sexo, raza-etnia, orientación sexual, credo u otras formas de discriminación de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y se comprometen a colaborar con la difusión de la normativa y la adopción de políticas que contribuyan a la erradicación de prácticas discriminatorias de cualquier naturaleza y en particular respecto a la Ley 19.580. Artículo 40.