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Licencia por estudio
Ronda de incorporación
Ronda vigente
2ª ronda

Licencia Especial por Exámenes: En caso de rendir exámenes, en la Universidad de la República, Universidad del Trabajo, Universidades Privadas, o Institutos de Enseñanza Secundaria Públicos o Privados, los trabajadores tendrán derecho a gozar de una licencia especial distribuidas en 1 día por examen con un máximo de 10 días al año, no acumulables, con goce de sueldo. Dentro del término de 10 días de haber hecho uso de este beneficio, el trabajador deberá acreditar haber rendido el examen respectivo.