Régimen especial de feriados
Ronda de incorporación
Categoría
- RÉGIMEN DE FERIADOS
- Régimen especial de feriados
Ronda vigente
10ª ronda
Primera Ronda de Consejo de Salarios:
Feriados
a) Feriados comunes: Los feriados comunes en que se trabaje, se pagarán tiempo y medio.
b) Los feriados no laborables: se pagarán tiempo simple, se trabaje o no. El tiempo efectivamente trabajado se pagará además tiempo doble. Con respecto al resto de las variables se seguirá el régimen legal. .
Decima Ronda de Consejo de Salarios:
Viernes de semana de turismo: día de asueto. El viernes de la semana de turismo será día de asueto sin que afecte al salario. Si se trabajara este día, el trabajador recibirá doble paga.