- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
IV3. TRANSPORTE INTERNACIONAL.
IV. 3. A. Personal de Carretera: Los servicios Internacionales, tanto Regulares como de Turismo, con excepción de los Internacionales Fronterizos, deberán realizarse con dos conductores.
Conductor y Guarda: Se remunerará por kilómetro recorrido, percibirá una prima por antigüedad según escala, toma y cese de servicios o toma y cese de servicios y esperas según el tipo de línea y viáticos, según reglamentación. El Guarda recibirá quebranto.
Ancladas: Las ancladas del personal de plataforma se pagarán de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Generales para este sector.
Mínimo Asegurado: Los Conductores, Guardas y Auxiliares de Abordo tendrán un mínimo asegurado de 8.000 kilómetros mensuales siempre que reúnan las siguientes condiciones: a) Que se encuentren afectados a líneas internacionales no fronterizas. b) Que hayan cumplido dos años de antigüedad en la categoría y en la empresa. c) Quienes no cumplan estas condiciones tendrán asegurados 7.000 kilómetros mensuales.
IV. 3. B. Personal de Administración, Agencias, Talleres y Mantenimiento Servicios.
El personal afectado a los distintos sectores de las empresas del sector se regirá por las remuneraciones y otras partidas establecidas con la redacción general para cada categoría.