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Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Ronda vigente
6ª ronda

COMPENSARIÓN POR MANEJO DE IDIOMAS

Modifícase el artículo 16 del acuerdo de 26 de noviembre de 2013, en el sentido de que cuando el trabajador realice tareas requeridas por el empleador y que impliquen la necesidad de un manejo de idioma adicional, percibirá a partir del 1ero de enero de 2017 un complemento equivalente al 5% mensual aplicable sobre el salario mínimo de su categoría. Dicho porcentaje será 7,5% a partir del 1ero de julio de 2017, llegando al 10% el 1ero de enero de 2018.