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Tercerizaciones/Trabajadores tercerizados
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Tercerizaciones/Trabajadores tercerizados
Ronda vigente
11ª ronda

TERCERIZACIÓN, CONTRALOR DOCUMENTAL DE EMPRESAS SUBCONTRATISTAS. Las empresas del Grupo 09, Subgrupo 02, ejercerán respecto del personal de las empresas que les presten servicios en calidad de subcontratistas, intermediarias o suministradoras de mano de obra, las facultades de contralor documental previstas en el artículo 4 de la Ley 18.251, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 18.099.

En este caso, las empresas alcanzadas por el ámbito de aplicación del presente convenio verificarán, en ejercicio del contralor documental referido, que la liquidación de haberes exhibida por las empresas tercerizadas se ajuste al laudo del Consejo de Salarios que corresponda a la actividad efectivamente desarrollada por sus trabajadores. En caso de existir diferencias con los laudos correspondientes al Grupo 9, Subgrupo 02, desde el 1º de noviembre de 2026 la misma será compensada ateniendo a los salarios y compensaciones del grupo mencionado por la jornada correspondiente. 

Dicha verificación se realiza sobre la base de la documentación y declaraciones aportadas por la empresa tercerizada, quien será responsable de su exactitud y veracidad.

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