Otras licencias especiales
Cuidados | Actualización de cláusulas
Ronda de incorporación
Categoría
Ronda vigente
5ª ronda
Licencia especial. A los efectos de atender de manera solidaria y humanitaria circunstancias que puedan afectar al trabajador y su familia, las partes acuerdan incorporar al beneficio de licencias especiales y en las mismas condiciones establecidas en el decreto 691/08 a los trabajadores que padezcan enfermedades terminales y a los trabajadores que tengan hijos o menores a cargo, que padezcan dichas enfermedades. La presente licencia se hace extensiva a la persona que conviva con el trabajador (cónyuge o concubino de cualquier sexo).