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Ronda vigente
6ª ronda

Trabajadores jornaleros. Las empresas asumen el compromiso de convocar en forma obligatoria a los trabajadores jornaleros permanentes, de acuerdo a los siguiente: 6 jornales mínimos a partir del 1º de abril de 2014, 9 jornales mínimos a partir del 1º de enero de 2015 y 13 jornales mínimos a partir del 1º de enero de 2016. Tendrán derecho a aceptar o no cada convocatoria a trabajar pero la negativa igual computará como una convocatoria a los efectos del compromiso de las empresas., salvo que la convocatoria se realice con una antelación menor a 24 horas. Las empresas abonaran los jornales efectivamente trabajados, o en caso de no convocar los mínimos acordados. Continuaran trabajando con el régimen común de jornaleros sin derecho a convocatoria asegurada aquellos que sean contratados con carácter temporal, estacional o por fin de semana. Podrán convocarse trabajadores jornaleros por un mínimo de 4 horas, hasta un máximo de dos convocatorias al mes, entre el 1º de abril de 2014 al 31 de diciembre de 2015; y un mínimo  de 4 horas hasta un máximo de cuatro convocatorias al mes, a partir del 1º de enero de 2016. Se abonará por horas efectivamente trabajadas. Beneficio incluido en la 5ª ronda de Consejos de Salarios de marzo de 2014.

Las empresas asumen el compromiso de convocar en forma obligatoria a los trabajadores jornaleros permanentemente de acuerdo a lo siguiente: 14 jornales mínimos a partir del 1º de julio de 2017; 15 jornales mínimos a partir del 1º de enero de 2018; 16 jornales mínimos a partir del 1º de julio de 2018. Podrán convocarse trabajadores jornaleros por un mínimo de 4 horas, hasta un máximo de 4 convocatorias al mes, entre el 1º de enero de 2017 hasta el 30 de junio de 2018; A partir del 1º de julio de 2018 podrás convocarse por un mínimo de 4 horas hasta un máximo de 6 convocatorias al mes. Beneficio incluido en la 6ª ronda de Consejos de Salarios de marzo de 2017.