- REDUCCIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO
- Reducción de la jornada laboral
Régimen de Trabajo: El régimen de trabajo será de 44 horas, organizada en turnos que permitan a las empresas trabajar todos los días del año y a los trabajadores tener dos descansos semanales consecutivos rotativos. La reducción de la jornada referida se efectivizará en dos etapas, la primera etapa se realizará el 1º de noviembre de 2014 pasando el régimen de trabajo de 48 a 46 horas de trabajo y el 1º de marzo de 2016 la segunda etapa pasando el régimen de trabajo de 46 a 44 horas de trabajo.
El régimen general de trabajo para las áreas de operación y mantenimiento, consistente en 6 (seis) días corridos de trabajo de 8 horas, con 2 (dos) días corridos de descanso se mantendrá hasta el 31 de octubre de 2014.
Crease una comisión bipartita, a razón de 2 integrantes por cada parte profesional, a efectos de realizar y estudiar propuestas sobre los diferentes regímenes horarios que se aplicarán a partir del 1º de noviembre de 2014. La misma deberá prever la necesidad de organización de trabajo y armado de los turnos en base a los nuevos regímenes horarios. La Comisión de referencia dispondrá de un plazo hasta el 30 de setiembre de 2014 para elaborar una o varias propuestas de aplicación del nuevo sistema, la cual será elevada al Consejo de Salarios del Grupo 9 para su aprobación.
El régimen general de trabajo para las áreas administrativas y de atención al usuario (44 horas) se mantendrá en cinco días de trabajo corridos con redistribución de las horas del sexto día en los mismos y dos días de descanso consecutivos.