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Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda vigente
8ª ronda

Compensación por trabajo en Altura: Las partes acuerdan que los trabajadores de la rama de peajes (mantenimiento) que cumplan tareas en altura en balancines, balancinetas, canastos, guindolas, o cualquier otro elemento colgante, ubicado en altura superior a diez metros, excluidos andamios comunes, plataformas, estructuras fijas, etc., percibirán una compensación especial por las horas efectivamente trabajadas en esas condiciones, equivalente al 9% de la categoría V Medio Oficial Albañil, del Grupo 09 Sub-grupo 01 Incluidos en el Dec-Ley 14.411.